Indígenas de Ka'a Poty denuncian al Estado paraguayo ante Naciones Unidas - Paraguay Informa

En Conferencia de Prensa, voceras y voceros de la Comunidad Indígena Ava Guaraní «Ka’a Poty» anunciaron este miércoles 24 la reciente presentación de sendas denuncias ante la oficina local de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Dirección de Derechos Humanos de la Corte Suprema de Justicia, por graves violaciones a sus DDHH en general y territoriales en particular. «Como comunidad Indígena venimos sufriendo dos violentos desalojos en menos de 5 meses, el 4 de noviembre pasado hemos sufrido un nuevo desalojo ilegal, que nos obligó a llegar hasta la Plaza de Armas, donde nos encontramos actualmente reclamando nuestro derecho territorial«, denunció Marta Díaz, lideresa de la comunidad. De este modo, persiste el incumplimiento de lo dispuesto en las Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Comunidad indígena Yakye Axa Vs. Una de las siete comunidades indígenas desalojadas entre enero y julio de 2021 fue la Comunidad Indígena Ka’aPoty[5]. II- LA HISTORIA LEGAL DE NUESTRAS TIERRAS Y PRIMER DESALOJO Nuestra Comunidad Indígena Ka’a Poty 1, perteneciente al Pueblo Ava Guaraní, nos encontrábamos desarrollando nuestro proyecto de vida comunitario dentro de las 1.364 hectáreas correspondientes a la Finca Nº 1628, Padrón Nº 1933, adquiridas por el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI) en el año 1996 y cuyo título de propiedad fue inscripto en los Registros Públicos en 2008. 5015 m2 del Distrito de Itakyry, para asentamientos de Comunidad Indígena conforme a la copia del título que se acompaña al presente escrito; Todos los niños de la comunidad quedaron aterrorizados por la violencia sufrida contra sus familias y la destrucción de nuestra comunidad. Medida Cautelar de Urgencia a favor de la Comunidad Ka’a Poty 1, Resolución judicial de protección de los derechos territoriales Tras el desalojo forzoso que sufrimos en fecha 15 de junio de 2021 el Instituto Paraguayo del Indígena (Indi) promovió una Medida Cautelar de Urgencia a favor de nuestra comunidad en el Juicio de Reivindicación de Inmueble en curso. El Auto Interlocutorio N° 258 resolvió: 2-) Admitir la medida cautelar de urgencia de otorgamiento de forma provisional de una porción de QUINIENTOS CUARENTA HECTÁREAS Y QUINIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (540 ha., 527 m2), del inmueble individualizado como Finca N° 1.628 del Distrito de Itakyry, del Departamento de Alto Paraná, lugar denominado Colonia Tape Yke, solicitada por el INSTITUTO NACIONAL DEL INDÍGENA (INDI), a favor de la comunidad denominada KA´A POTY, de conformidad a los argumentos y al plano que se adjunta como anexo instrumental a esta resolución.- 3.-) ORDENAR al Ministerio del Interior y a la Policía Nacional a que efectivicen la orden dispuesta por este Juzgado, en ejecución de la presente resolución resguardando la integridad física de las personas involucradas en esta diligencia. Nuestra Comunidad Ka’a Poty 1 retornó a Itakyry el sábado 14 de agosto de 2021 y el martes 17 de agosto de 2021 el Oficial de Justicia formalizó el cumplimiento del Mandamiento Judicial de Restitución a favor de nuestra Comunidad. Ya desde el mes de septiembre nos encontrábamos bajo amenaza de un nuevo desalojo, pues particulares buscaban ejecutar dos Autos Interlocutorios que admitían medidas cautelares de urgencia de restitución con sus consiguientes mandamientos de desahucio, emitidos todos en fecha 2 junio de 2021, en dos juicios de interdicto de recobrar la posesión promovidos contra mi persona, Marta Díaz, como lideresa de la comunidad, desconociendo que se trataba de una comunidad indígena, además, no hemos participado en estos juicios contra nosotros, no hemos sido convocados a ninguna audiencia, solamente aparecieron las ordenes de desahucio. En uno de los escritos de solicitud de levantamiento de las medidas cautelares de restitución, el INDI señalaba: Como es de público conocimiento V.S., por la amplia difusión que se dieron a través de los medios de prensa, que la COMUNIDAD INDÍGENA KA´A POTY, DEL PUEBLO AVA GUARANÍ cuya Lideresa es la Sra. MARTA DIAZ, ha obtenido una protección judicial, a través del Auto Interlocutorio N° 258 de fecha 30 de julio de 2021, dictado por la Magistrada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno de la Capital, que admitió una Medida Cautelar de Urgencia a favor de la Comunidad Indígena, solicitada por el INSTITUTO PARAGUAYO DEL INDÍGENA (INDI), esto se dio tras el desalojo forzoso ilegal e ilegitimo, imprimida por los intervinientes en esa ocasión contra la comunidad, en abierta violación de los Derechos Humanos de los que fueron víctimas, en fecha 15 de junio de 2021. Dicha Medida Cautelar de Urgencia, fue promovida y admitida en el marco del Juicio de Reivindicación de Inmueble ya mencionado a favor de la COMUNIDAD INDIGENA KA’A POTY, es oportuno en ese sentido señalar V.S, que en cuestiones de tierra, cualquier violación por parte de un particular, un grupo de personas e incluso el Estado es grave, puesto que ya existen antecedentes de fallos contra el Paraguay por la flagrante violación de las tierras comunitarias que tienen todas las comunidades indígenas que habitan en suelo patrio, además no debemos perder de vista la vigencia de la Ley 904/81 “ESTATUTO DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS”, cuyo artículo 14 dispone; Posteriormente, me reuní con el Presidente del Indi, quien también nos garantizó que se había llegado a un acuerdo entre las instituciones del Poder Ejecutivo y representantes de la Comisión de Pueblos Indígenas del Senado, de resguardar los derechos de la comunidad indígena y avanzar con urgencia en la mensura judicial de las tierras en conflicto, para aclarar la propiedad de las mismas. Grave situación actual Hasta la fecha actual el Auto Interlocutorio N° 258 se encuentra vigente, es decir, que se ha procedido a desalojarnos siendo que por orden judicial habíamos sido restituidos provisoriamente a las tierras de las que fuimos desalojados en el mes de junio, incumpliéndose la Medida Cautelar de urgencia emitida a favor de nuestra Comunidad Indígena Ka’a Poty 1. El Indi ha solicitado y obtenido la medida cautelar de restitución de tierras a favor de la Comunidad Indígena Ka’a Poty 1 y ha presentado varios escritos en los expedientes de los Interdictos, argumentando la improcedencia de cualquier tipo de desalojo contra nuestra comunidad. Son numerosos los derechos fundamentales individuales y colectivos de nuestra Comunidad Indígena Ka’a Poty 1 que se encuentran siendo gravemente vulnerados y en riesgo de mayor afectación: El derecho a la propiedad comunitaria, que garantiza el derecho a la tierra y el territorio indígena; Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Comunidad indígena Yakye Axa Vs. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. ...[Leer más]


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