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GENERAR RUIDOS MOLESTOS SON PASIBLES DE SANCIÓN.
Superar los 80 decibeles en el volumen de la música en vehículos es pasible de sanción, según la Ordenanza de Encarnación N° 373 y la Ley 1.100 lo considera como delito ambiental. El Insp. Gral. de… [Leer más]

Febrero 17, 2020